El Estatuto Marco no contempla horas extraordinarias como tal para los médicos sino que las define como complementarias. De tal forma, las horas de trabajo extraordinarias constan de una remuneración menor que las ordinarias, algo que solo pasa en la profesión médica. Además, en virtud de esta jornada complementaria los profesionales trabajan una media de 6 años más pero este tiempo no contabiliza en el cómputo de la jubilación. Médicos Unidos por sus Derechos considera que, para revertir esta situación que discrimina al colectivo médico, es preciso avanzar en la redacción de un Estatuto del Médico. Lo explica Samuel García Rubio:
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